Contra las patentes de software: Acción contra la EPLA

Seguimos dando cera a las patentes de software (que vuelven a la carga en Europa). Yo ya me he puesto en contacto con los miembros españoles de la Comisión de Industria, Investigación y Energía, y pienso que todos deberíamos hacerlo.

No dejes pasar la ocasión, que no pienses luego que no te defendiste hasta el final.

*** Enlace de interés:
Foundation for a Free Information Infrastructure

Information Resources, Inc. ¿Te suena?

«¿Conoces a IRI? No, ese es el problema».

Reconozco que esas ocho palabras se me quedaron en la cabeza. Y el verdadero gran problema es que nadie lo conoce. IRI es el acrónimo de Information Resources, Inc. Una empresa que se dedica a guardar registros de compras en más de treinta mil tiendas en estados unidos. Cada vez que alguien compra con tarjeta de crédito o tarjeta de cliente habitual (como esas de el corte inglés, carrefour y similares) todos y cada uno de los artículos que compra se vinculan al nombre del comprador. Es un trabajo que las cajas registradoras actuales hacen por sí solas, IRI tan solo se encarga tan solo de agrupar y centralizar todos los registros en bases de datos enormes. Cada vez que compras con tarjeta, añades datos a tu registro.

¿Qué tiene que ver esto con la RFID? Imaginen ese registro incluyendo el identificador único de cada uno de los productos que compras, imaginen además un registro del seguimiento de cada uno de esos productos: Cuándo ésta y dónde en cada momento. Si en 1987 (año en que IRI comenzó a reunir ese registro) se molestaron en hacerlo, con la capacidad de computación y almacenamiento actuales no se van a cortar un pelo a la hora de almacenarlo todo, no lo duden. Panorama encantador. Para orientar, hace un año y pico (2005) se estimaba que los datos almacenados por esta infraestructura -totalmente invisible al consumidor- ocupaban unos 460 Terabytes. Y eso es mucho…

El gobierno de EEUU quiere retención de datos

Lo dicho, ya comentaba yo ayer al hablar de las patentes que cada vez está más claro que lo que se legisla a un lado y otro del atlántico va siempre de la mano. Aquí nos metieron la retención de datos y ahora les toca a los americanos. (Fuente: Seattle Pi; Vía: The Inquirer)

El Fiscal General estadounidense se reunió con delegados de AOL, Comcast, Google, Microsoft, y Verizon y presiona a los ISP para que almacenen datos de comunicaciones de sus clientes durante dos años. Y si para ello se tienen que vulnerar derechos básicos como el derecho a la privacidad se vulnera… Ah, el motivo esgrimido por el fiscal general es… ¡Sí! Lo adivinaron: La lucha contra la pornografía infantil y el terrorismo. Sean escépticos, sean escépticos.

Para colmo, y siempre según el Seattle Pi, presiona en plan matón: «registra los datos «voluntariamente» o tendremos que hacer una ley que te obligue a guardar los datos dos años; sin acritudes, ¿vale?».

El estatuto del periodista, un fracaso que nos beneficia a todos

22 meses después de que llegara al Congreso, la propuesta de un Estatuto del Periodista Profesional presentada por Izquierda Unida y apoyada por los sindicatos se prepara para morir. Es el destino que se merece este engendro jurídico y periodístico que nos vendieron como una panacea con la que resolver los grandes problemas de la profesión periodística.

– Iñigo Saenz de Ugarte, periodista

Iñigo en su blog se alegra de este fracaso, aunque (sigan el enlace de la alegría) avisa que se avecinan tormentas peores (únanlas a la reforma de la LSSI y continuemos para póker), y yo -que hace casi un año ya puse a parir a ese estatuto– también me alegro.

Análisis del anteproyecto de reforma de la LSSI

Al grano:

Dice nuestra constitución:

Artículo 20

1. Se reconocen y protegen los derechos:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.

4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.

5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

Dice el muy bien asesorado análisis que la Asociación de Internautas (vía) hace del anteproyecto de reforma de la LSSI (aquí ya conocemos ese anteproyecto):

«No cabe por tanto imaginar que exista caso alguno en que «en ejercicio de sus competencias» un órgano administrativo pudiera ordenar la interrupción o cese de una publicación (en papel o digital), sin que con ello se vulnerasen las garantías constitucionales previstas para el efectivo ejercicio del derecho recibir información y del derecho a la libertad de expresión.»

Asociación de Internautas

Y yo aplaudo y me alegro, al igual que se alegran en kriptópolis de que expertos juristas nos echen una mano. Hay que hacer ruído. El Gobierno hace lo contrario de lo que prometió acerca de la LSSI mientras eran oposición y el anterior gobierno (del PP) la aprobó: En aquel momento prometieron tirarla y ahora, por el contrario, la están fortaleciendo. ¿Curioso, verdad?

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